Qué es el quinquenio y cuando cobrarlo?

El D.S. No. 110 modificó el D.S. No. 11478 de 16 de mayo de 1974, esta segunda disposición es la que reguló los quinquenios, entendiéndose por quinquenios los periodos de cinco años continuos de relación laboral durante los cuales el trabajador consolida el beneficio de la indemnización, convirtiéndolos en inafectables aún cuando el trabajador incurriera en las causales que justifican su despido establecidas en los arts. 16 de la L.G.T y 9 de su Decreto Reglamentario (perjuicio material causado con intención en los instrumentos de trabajo; revelación de secretos industriales; omisiones o imprudencias que afecten a la seguridad o higiene industrial; incumplimiento total o parcial del convenio; robo o hurto por el trabajador; abuso de confianza, robo o hurto por el trabajador; vías de hecho, injurias o conducta inmoral en el trabajo; abandono en masa del trabajo, siempre que los trabajadores no obedecieran a la intimación de la autoridad competente). 
Si el trabajador incurriera en una de las causales que producen su despido justificado, perderá la indemnización sobre el quinquenio vigente sin afectar los quinquenios que con anterioridad se hubieran consolidados. A su vez, si el trabajador es despedido intempestiva o forzosamente, es decir por mera voluntad del empleador sin que exista causal justificada para su despido, recibe la indemnización cuando su trabajo sobrepasa los tres primeros meses, criterios que aún perduran y se ratifican con la promulgación del D.S. No. 110. 
El art. 1 del D.S. No. 11478 establecía que si el trabajador tuviera cinco o más años continuos de servicios cumplidos, recibirá la indicada indemnización aunque se retire voluntariamente. De acuerdo a esta norma, el trabajador retirándose voluntariamente de su fuente laboral, debía cumplir cinco o más años de servicios para acceder al beneficio social de la indemnización y si su retiro voluntario se producía con anterioridad a los cinco años perdía este beneficio.
El Gobierno aprobó dos decretos supremos laborales que permiten, el primero, el cobro sin requisitos del quinquenio y prohíbe, el segundo, la evasión a la normativa en las modalidades de sub contratación, tercerización, externalización, enganche y otras similares.

El Decreto Supremo 0522 establece que los trabajadores podrán, cumplidos los cinco años de trabajo, exigir al empleador el pago del o los quinquenios consolidados a simple solicitud escrita.
Señala que el pago debe ser efectuado en un plazo de 30 días, a partir de la solicitud. En caso de incumplimiento, la empresa deberá pagar el monto del quinquenio actualizado en base a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda más una multa en beneficio del empleado del 30 por ciento del monto total a pagar.
El Decreto aclara además que el pago del beneficio no implicará interrupción de la relación laboral y tampoco la pérdida de antigüedad.
La ministra de Trabajo, Carmen Trujillo, advirtió que el decreto del quinquenio prevé multas a los empresarios que incumplan la norma.
“Antes, los trabajadores, cuando pedían su quinquenios, eran retirados. De ahora en adelante pueden pedir (ese beneficio), seguir con su antigüedad y en ningún momento se los va retirar”, dijo en conferencia de prensa en Palacio de Gobierno.
Empresas
En el caso del Decreto Supremo 0521, éste establece la prohibición de toda forma de evasión a la normativa laboral en los casos de modalidades de subcontratación, tercerización, externalización, enganche y otras.
El artículo 3 de la norma indica: “Toda empresa que requiera contratar a otra, en actividades que no sean propias ni permanentes al giro del establecimiento laboral, deberá incluir obligatoriamente en el contrato una cláusula que establezca que la empresa contratada dará cumplimiento a las obligaciones socio-laborales respecto a sus trabajadoras y trabajadores”.
Añade que, “cuando se constituya una relación que simula una modalidad no laboral, pero en la misma hayan concurrido las características de una relación de trabajo, ésta se considerará como una relación laboral en todos sus efectos”.
Además, el Decreto señala que los empleadores que ocupen trabajadoras o trabajadores a través de otras empresas “en actividades propias y permanentes al giro del establecimiento laboral son responsables de todas las obligaciones socio laborales así como de aportes a la Seguridad Social”.
DECRETO SUPREMO 0521
Artículo 3. Toda empresa que requiera contratar a otra, en actividades que no sean propias ni permanentes al giro del establecimiento laboral, deberá incluir obligatoriamente en el contrato una cláusula que establezca que la empresa contratada dará cumplimiento a las obligaciones socio laborales respecto a sus trabajadoras y trabajadores.
Artículo 4. Cuando se constituya una relación que simula una modalidad no laboral, pero en la misma hayan concurrido las características de una relación de trabajo, ésta se considerará como una relación laboral en todos sus efectos.
DECRETO SUPREMO 0522
Artículo 3. I. Las trabajadoras y los trabajadores que hayan cumplido cinco años de trabajo de manera continua podrán, a simple solicitud escrita y sin necesidad de otro requisito, exigir al empleador el pago del o los quinquenios consolidados. II. El pago al que hace referencia el parágrafo anterior deberá efectuarse en un pago único, en un plazo de treinta días calendario, computable a partir de la solicitud, prohibiéndose su fraccionamiento. III. La base de cálculo para el pago del o los quinquenios consolidados será el promedio del total ganado de los tres últimos meses anteriores a la solicitud del pago.

Comentarios

  1. Buenas Tardes:
    Por favor quisiera hacer una consulta:
    Estoy retirandome de una empresa despues de trabajar 10 años; hace un tiempo me pagaron 1 quinquenio; ahora me estan calculando en mi finiquito de 5 años (los primeros 5 años me indican que es el primer quinquenio que me pagaron y que con ese pago ya realizado de "cierra" ese periodo), mi consulta es la siguiente: cuando me pagaron el primer quinquenio ganaba un monto (digamos 5.000 x 5 años = 25.000) ahora gano mas (Digamos 7.000) el calculo total no debería hacerse por el total con el actual salario? es decir 7.000 x 10 años = 70.000, y disminuir lo pagado anteriormente (25.000), es decir, ahora no deberia recibir 45.000??
    gracias de antemano por la colaboración
    atte
    monica cuadros

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    1. Estimada Mónica:
      No indicas el país del que escribes, pero presumimos que es Bolivia y con relación a tu consulta nos corresponde indicar:
      Como indicas al realizar el cobro de tu primer quinquenio consolidado y al haberte cancelado el mismo ese período queda cerrado. Ahora sólo corresponden pagarte los últimos 5 años cuya base de cálculo es el salario que vienes ganando en los últimos 3 meses, tomando tu ejemplo seria: 7.000 x 5= 35.000. No corresponde lo anterior, por lo menos no en esta jurisdicción.
      Esperamos haberte ayudado y gracias por seguirnos.
      Cordiales saludos

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  2. Anónimo1:30 p.m.

    Llevo 30 años en la misma empresa . ¿durante cuantos años se pagan?

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  3. Si no los cobró nunca, le corresponde 1 por cada 5 años.
    Cabe aclarar que los Derechos Sociales son imprescriptibles.

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  4. Anónimo4:53 a.m.

    Hola buen día, tengo una consulta.
    Con el tema de la estabilidad laboral las empresas tenemos muchos problemas ya que se contrata un personal NO desempeña sus labores de acuerdo a lo que la empresa pretende y tampoco lo puede despedir. En este caso cual seria el procedimiento ya que no hay los 90 días de prueba.
    Saludos

    Paula

    Santa Cruz - Bolivia

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  5. Anónimo9:43 a.m.

    hola! mi consulta es, si se toma en cuenta el reintegro para el calculo del quinquenio, en este caso el reintegro se hizo en junio y yo presente mi solicitud el 10 de julio

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    1. Se usa como base de cálculo los últimos 3 salarios ganados.

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  6. Anónimo5:26 a.m.

    Hola buen día, una consulta: he trabajado en una empresa durante cinco años y medio. Durante este tiempo, cada año nos contrataban, al finalizar el año, nos pagaban el finiquito. Al finalizar los cinco años tenía un salario de Bs. 11.300, y durante estos últimos seis meses, me redujeron el salario a Bs. 8.200, motivo por el cual tuve, que renunciar debido a que encontré mejores oportunidades laborales. Estos contratos a los que hago referencia, todos tienen la fecha de inicio el 2 de enero y finaliza el 31 de diciembre; la consulta es la siguiente: tengo derecho al pago del quinquenio, si es así con qué monto deberían calcular el quinquenio….. Gracias, estaré atento a la respuesta.

    Felix
    Ciudad de La Paz

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  7. Anónimo10:18 a.m.

    Estimado llevo 5 años en una empresa 1 año como pasante y 4 registrados en la planilla como se procedería en mi caso???

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    1. Si se cumple la condición trabajo por cuenta ajena, cumplimiento de horario y dependencia económica, te corresponde los 5.

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  8. buenas tardes me llamo daniel alvarez de la ciudad de la paz
    mi pregunta es la siguiente trabajo en una empresa ya como 8 años desde el año 2006 hasta el 1013 y ala fecha. la empresa me quiere finiquitar desde el año 2010 donde me hisieron mi contrato pero no me quieren dar lo que me corresponde desde el año 2006 que no tube un contrato hasta el 2009 que puedo hacer

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    1. Bueno, en tu caso, corresponde que vayas y pidas a un inspector de trabajo de tu ciudad, para que te haga un Finiquito. A nuestro juicio, te corresponde el Derecho Social desde el inicio y de ningún modo las interrupciones pueden alegarse, como la conclusión de la relación laboral, más aún si tu volviste y trabajaste hasta la fecha.

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  9. buenas tardes me llamo daniel alvarez de la ciudad de la paz
    mi pregunta es la siguiente trabajo en una empresa ya como 8 años desde el año 2006 hasta el 1013 y ala fecha. la empresa me quiere finiquitar desde el año 2010 donde me hisieron mi contrato pero no me quieren dar lo que me corresponde desde el año 2006 que no tube un contrato hasta el 2009 que puedo hacer

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  10. Anónimo8:20 a.m.

    hola buenas tardes mi pregunta es yo cumpli 5 años y gano en los 3 ultimos meses 550 bs cuanto deberia de cobrar gracias

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    1. Tu cálculo es sobre la base de los últimos 3 salarios, de allí sale tu quinquenio.

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  11. Anónimo8:28 a.m.

    Buenos Dias, mi nombre es Ruth, quisiera hacerles una consulta el Finiquito y el Quinquenio es lo mismo? osea si ha uno le hacen cada año su finiquito ya no le daran el quinquenio?
    Espero su respuesta...Gracias

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  12. A ver, comencemos identificando cada uno de ellos:
    El finiquito es un documento, realizado en papel por el que se pone fin a la relación laboral existente entre el trabajador y el empresario. Con su firma el empresario queda libre de abonar cantidad alguna al empleado, y este queda libre de la obligación de trabajar a las órdenes del empresario.
    En cambio el quinquenio, como bien indica, corresponde al pago de servicios al trabajador por el lapso de 5 años (ojo que éste cobro no es voluntario por parte del empleador) situación que normalmente realiza el empleador con el afán de alivianar la carga social que tiene la empresa en su previsión contable. En dicho pago, se contempla, incrementos y su base de pago es computable sobre los últimos 3 sueldos cobrados al cumplir cinco años de antigüedad. Aclarar que este pago y/o cobro, no corta ni pone punto final a la relación laboral sino que deja en fojas cero las obligaciones.

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  13. Anónimo3:52 p.m.

    Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, yo llevo trabajando 9 años y 2 meses, ¿si realizo mi retiro voluntario me deberian pagar duodecimas del quinquenio sobre los 4 años y 2 meses o perderia este beneficio; por lo qué, es mejor que espere a cumplir los 10 años? Esperare la respuesta gracias

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    1. Si ya llevas 9 como indicas, te pagaran un quinquenio y del otro un sueldo por gestion, el saldo duodecimas.

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  14. Anónimo4:18 p.m.

    me podria facilitar por favor un modelo de carta para hacer cobro de quinquenio. gracias de antemano

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  15. Anónimo9:07 a.m.

    hola
    soy un empleador que necesita liquidar a un empleado con un HB de 2000 bs que solo se le ha pagado vacaciones, aguinaldos y su remuneración mensual. le solicito saber que y como debo prepararle su liquidacion al 31/09/2014. Agradezco mucho de ante mano su gentileza.
    Santa Cruz - Bolivia

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    1. Le recomendamos que pueda bajar el formulario de finiquito del sitio del Ministerio de Trabajo. en el encontrara los espacios que corresponden, No olvide presentar el finiquito a la autoridad (Es ideal que cancele alli)

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  16. Anónimo9:09 a.m.

    y le solicito tambien que me indique que debo hacer si el no estaba afiliado a ningun seguro de salud ni a las AFP

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  17. Anónimo4:48 p.m.

    Hola, tengo una pregunta q pasa con aquellas personas que trabajan 5 años en empresas privadas sin contratos.

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    1. Tienen los mismos derechos que cualquier otro trabajador

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    2. Igual tienen derecho a quinquenio y se presume el salario que indica el trabajador.

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  18. Aunque tu pregunta no es clara, asumimos a que te refieres a que si tiene derechos o no. Si es así tienen los mismos derechos que cualquier trabajador.

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  19. Anónimo2:56 p.m.

    Hola!! Mi consulta es la siguiente, entre a una empresa a trabajar el mes de Octubre del 2009 hasta diciembre del mismo estuve sin contrato solo me pagaban por hora, el siguiente año 2010 me hicieron un contrato de un año (01/01/2010 a 31/12/2010) y el 2011 recien ingrese a planillas de la empresa, por le 2013 tuve una emergencia y solicite un adelanto de mi finiquito me pagaron solo la gestión 2011 y 2012, a la fecha sigo trabajando normal y pues deseo retirarme hasta fin d año y pues quiero saber si me toca mi quinquenio?? Ya que en la empresa me dijeron que no pq es como si recién hubiera entrado a trabajar el 2011, fecha en la que ingrese a planillas, amigos que saben algo del tema me dijeron que si me corresponde ya que la antigüedad cuenta desde el inicio de la relación laboral y que cuando solicite mi finiquito a la fecha que fue 2013 debieron considerar desde el 2010 y no desde el 2011. Espero puedan ayudarme con ese tema porfavor o que puedo hacer para reclamar mis derechos y como puedo respaldarme.
    Agradeciendo de antemano la respuesta m despido.
    Atte. Ana
    La Paz – Bolivia

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    1. Te sugerimos puedas pasar por el Ministerio de Trabajo alli te haran un finiquito con precision.

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  20. Anónimo6:03 a.m.

    una consulta le escribo de peru. yo trabaje 12 años con 8 meses bajo contrato anual,de los cuales cada añome renuevan cada contrato faltando 3 meses de fin de año y en ese contrato figura de 1 de febrero a 31 de diciembre. la pregunta nª1 es me corresponde solicitar los quinquenios , de ser asi cuanto seria el monto a solicitar si de pronto el sueldo es de 1700 soles. gracias

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    1. Siendo los principios de indubio pro operario y condición más beneficiosa para el trabajador y el derecho al trabajo es irrenunciable según la OTI, te recomendamos puedas acudir a la entidad competente del Estado para que pueda absolver tu caso.

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  21. Anónimo7:15 a.m.

    Ya cumpli 7 años de trabajo, y recien estoy pidiendo mi quinquenio, el monto que se me debe pagar es en base a el sueldo de hace 2 años o es el sueldo con el que cuento en este momento??? gracias....

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    1. La base de calculo es en base a los 3 ultimos salarios.

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  22. Anónimo6:22 a.m.

    Muy buenos días, escribo para aclarar mis siguientes dudas: llevo trabajando en una empresa 6 años, de los cuales 2 fueron bajo contrato verbal (si vale el término) y 4 de planta, en este caso me correspondería pedir el quinquenio? Y si decido renunciar que beneficios sociales me corresponderían? Muchisimas gracias por su atención.

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    1. Si te corresponde el quinquenio y los derechos sociales son irrenunciables.

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  23. Anónimo8:53 a.m.

    Hola, una consulta. He trabajado por 6 años en la Municipalidad de Santa Cruz de la Sierra, quisiera saber si me corresponde el quinquenio. Gracias.

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  24. Anónimo6:18 a.m.

    buenos dia tengo una pregunta:
    si estoy trabajando 5 años y 4 meses ahora quiero retirarme del trabajo cuanto me corresponde mi finiquito y mi quinquenio?
    aparte del quinquenio tengo finiquito?
    gracias
    Carmen
    Potosi-Bolivia

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  25. Anónimo9:19 a.m.

    Buen día... llevo trabajando un año y cuatro meses...los cuales un año he estado bajo contrato... y no me renovaron mi contrato este 3 de diciembre me hicieron conocer mi despido... me estan pagando el doble aquinaldo y finiquito pero el calculo de finiquito me lo estan haciendo en base a un salario... y los cuatro meses.. es correcto... o es en base a tres meses.. porque, como es despido?.. que beneficios me corresponden? gracias

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  26. Te corresponde una liquidación desde tu primer contrato, empero, sería pertinente conocer que tipo de contrato hiciste. De igual modo recurre al Min. del Trabajo, lleva los documentos, alli te harán una liquidación acorde a tu caso.

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  27. hola muy buenos días mi consulta es que si gozo de algún beneficio en mi trabajo ya que quiero retirarme después de mas de 8 años , en si los ocho años lo cumplí en febrero de 2014 y a partir de ese mes mi trabajo no fue regular por razones de estudio hubo días hasta semanas que no fui a mi trabajo pero mis empleadores tenían conocimiento de ello y ahora en estas vacaciones estoy trabajando normalmente pero como le dije anteriormente me quiero retirar y ademas como hago para cobrar mi quinquenio.

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  28. Miguel, consideramos que primero debe ver como se encuentra su situación laboral en la empresa, pues como dice, ha sido irregular y ha tenido muchas faltas y como bien conoce, la LGT es taxativa cuando de faltas de trata. Primero vea eso y si está justificado. Luego le podremos orientar con precisión.

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  29. Anónimo7:52 a.m.

    Estimado Buenos dias, hay alguna ley o decreto q diga que me pueden pagar quinquenio, antes de cumplido los 5 años?? en mi caso llevo trabajando 3 años y medio y deseo q me paguen de 2 años por algunos problemas personales, es posible eso?

    Gracias de antemano

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  30. No, no hay ley ni decreto y no es no es posible, el quinquenio es 5 años cumplidos.
    Solo en caso de que te despidan podrían pagarte algún beneficio

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  31. Buenas tardes, una consulta: el año pasado solicite a cuenta de mi quinquenio un año de pago (ej 5800), este año quice solicitar 2 años mas, pero el año pasado ya me habian subido el sueldo, me pagaron esos dos años con el sueldo anterior, esta correcto? no deberia ser con el sueldo actual?

    Gracias

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    1. Tu pregunta no es clara, si ya cumpliste 5 y el empleador decide pagarte se llama quinquenio.
      Ahora, cuando dices a cuenta una gestion, esta mal, peor que que pidas dos gestiones mas. Solo se paga cuando se cumple 5 gestiones y es en base al promedio de los ultimos 3 sueldos.
      Es importante recordar que el quinquenio es un mecanismo de reserva.

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    2. Gracias por su respuesta, el año pasado ya cumplido los 5 años de gestion, por motivos personale solicite que me paguen solo 1 año del quinquenio, ahora, este nuevo año solicite nuevamente que me paguen los 4 años restantes , pero ya hace 6 meses que tengo un sueldo nuevo ,
      Deben pagarme con el sueldo de año pasado estos 4 años restantes o con mi nuevo sueldo?

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  32. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  33. Otra cosa porfa. Mi sueldo es de 1500 bs eso se multiplica por 5 años? O cuánto. Es mi salario de todo eso? Correo: fabio_flach23@hotmail.com Facebook : fabiño capoeira gracias

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    1. Fabio, quinquenio significa cinco. O sea cuando cumples 5 años de trabajo ininterrumpido te pagan 5 sueldos.

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  34. Anónimo2:16 p.m.

    Hola que tal, mi consulta es la siguiente: Trabajo en una empresa desde el 3 de Enero 2010 a la fecha, consulté a mi jefe de RR HH si me podian pagar mi quinquenio y me dice que los 5 años para el quinquenio se cuenta desde el momento que empece a aportar a las AFP'S y yo empecé a aportar desde Junio de 2011 , pero en mi boleta de pago dice mi fecha de ingreso 03/01/ 2010

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  35. Anónimo12:40 p.m.

    una consulta yo trabajo en una institucion autonoma hace ya 7años y segun me indican que aqui no pagan quinquenio, la pregunta es: ¿puedo yo hacer o pedir que se me cumpla con el pago de mi quinquenio? tomando en cuenta q ya boy 7 años de planta

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    1. Si trab ajas en instituciones de Bolivia que no son S.A.M. Te sugiero, puedas ver si no estas sujeto a la Ley SAFCO.

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  36. Anónimo7:59 a.m.

    Buenos días! soy empleador y necesito cancelar a un trabajador que ya cumplió 5 años este 03/03/2015, en este pago también va incluido pagar aguinaldos y vacaciones por duodécimas???

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    1. No, solo 5 sueldos, calculables en base al promedio de los últimos 3.

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  37. Anónimo6:57 p.m.

    Buenas noches llevo 8 anios trabajando y no pedi mi quinquenio, mi pregunta es la siguiente: hace 3 anios el sueldo minimo era 800. Me pagaran en base a ese sueldo de hace 3 anios bs. 4000 o es en base al salario que actualmente gano y si tambien suma mi bono de antiguedad

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    1. Si, te pagarán en base a la media que salga de tus tres últimos sueldos.

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  38. Anónimo12:09 p.m.

    Buenas tardes !!!soy vendedor, tengo mi sueldo fijo, y aparte tengo comisiones por ventas entonces el calculo de mi quinquenio sera el sueldo fijo o el total ?

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  39. Eugenia1:09 p.m.

    Hola buenas tardes soy de Bolivia una consulta, estoy pensando retirarme de una empresa en mayo quisiera saber que me tienen que cancelar llevo trabajando 4 años y 7 meses. Otro consulta podria recibir quinquenio en mi retiro ?

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    1. Eugenia, para recibir quinquenio, debes cumplir 5 años, es requsito indispensable, de otro modo solo te pagarían los 4 años y las duodécimas de los otros meses.

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    2. Anónimo9:11 a.m.

      Cuando le dices que solo le pagaran de 4 años... te refieres a un sueldo por cada año, sin cumplir los 5 años, o te refieres a los beneficios obtenidos por antiguedad a los 4 años, sin considerar un sueldo por año?

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  40. Anónimo10:51 a.m.

    buenas tarde llevo trabajndo mas de 7 años en un medio televisiso. cuando enpese me pagaban 200 y luego 300 luego 400 dependia todo por las horas cada hora era 100 bs y kiero saber cuanto de quiquienio me correspoderia porfavor quisiera saver eso' gracias

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  41. Para una liquidación idónea debe acudir al Ministerio de Trabajo de su departamento.

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  42. Buenas noches si un trabajador esta en una empresa por 17 años y se le cancelo dos quinquenios y en la actualidad gana 4000 bs. cuanto se le deberia cancelar para su finiquito en un retiro voluntario , mi pregunta es si el pago de los dos quinquenios entra como parte de pago del finiquito es decir que solo se deberia cancelar 28000 bs. muchas gracias.

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  43. Buena noches si un trabajador esta en una empresa 18 años y se retira voluntariamente y ya se le cancelo dos quinquenios y su sueldo actual es 4000 bs. cuanto le corresponde que le cancele mi pregunta es solo le tendria que cancelar los 8 años restantes es 32000 bs.muchas gracias por su ayuda.

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  44. Anónimo6:38 p.m.

    Hola, yo vivo en bolivia, mi consulta es la siguiente, llevo casada 7 años y mi marido lleva trabajando en una empresa por 10 años el no solicitó ningun quinquenio ahora nos estamos por divorciar y a mi me corresponderia la mitad de su quinquenio y de los dos años del otro quinquenio por los 7 años de matrimonio verdad? Yo como esposa puedo solicitar la cancelacion de los quinquenios?
    Gracias, Saludos

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  45. Anónimo8:43 a.m.

    HOLA UNA CONSULTA, LLEVO TRABAJANDO EN LA EMPRESA 9 AÑOS, YA ME PAGARON MI QUINQUENIO 1 POR 5 AÑOS, AHORA QUIERO SABER SI TENGO QUE ESPERAR CUMPLIR NUEVAMENTE 5 AÑOS O PUEDO SOLICITAR DE 4 AÑOS POR UNA NECESIDAD?

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    1. El quinquenio sólo corresponde al cumplir 5 años. No tiene otra naturaleza.

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  46. Anónimo7:23 a.m.

    bueno días Dr. Fernando Barrientos, Felicidades por su ayuda online y siga con ese esmero .
    la consulta es la siguiente, si un trabajador le falta 5 meses para cumplir 5 años y solicitar su quinquenio. y aparte la empresa tiene como reglamente de que el representante legal cuando muere ya deja de tener actividades como empresa.
    uno, se puede pedir quinquenio cuando falta unos meses?? , dos, o como se procede con la liquidación entonces??, mi sueldo es bs. 1500 y radico en Bolivia.
    gracias de antemano por su colaboración, aguardo sus respuesta.saludos.

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  47. Anónimo7:50 p.m.

    Mi sueldo es 1100 Bolivianos , trabajo 5 años mi quinquenio seria 5500 Bolivianos, es lo correcto, gracias de antemano.

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  48. Anónimo8:23 a.m.

    hola buenos dias:
    quiero ralizar una consulta trabajo en una cooperativa en potosi - bolivia como personal cajera y llevo ya 5 años y dos meses bajo ningun contrato y como no estoy afiliada a la AFCOP quiero saber que beneficios sociales me corresponde por que me quieren retirar

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  49. Magdalena Suarez6:22 a.m.

    una duda, las universidades publicas tienen la obligacion de pagar quinquenio? estas pertenecen a la ley general del trabajo

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  50. MONICA6:37 a.m.


    Estimados por favor una aclarción, llevo 3 años y 3 meses trabajando en uan empresa y pienso retirarame en unos 3 meses mas, quisiera saber si me corresponde las duodecimas del quinquenio y como se calcula?
    Agradedeceria su respuesta.

    Saludos.

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    Respuestas
    1. Mónica, en su caso no se llaman duodécimas de quinquenio, sino el simple cálculo de beneficios por año trabajado (es decir le harán el calculo de un sueldo por año) y las duodécimas irán por aguinaldo y algún bono de la empresa, si es que correspondiera.

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  51. Estimado licenciado quisiera preguntar si me corresponde quinquenio cumplí 5 añas y 5 meses y me retiré voluntariamente según el empleador solo me pago los años trabajados e indica que no me corresponde el quinquenio es cierto orienteme por favor soy de Bolivia gracias

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  52. A ver veamos el quinquenio es un derecho social que el empleador va previsionando para cancelar cuando el trabajador se retira de la empresa en ese tiempo o más adelante. En su caso si trabajo 5 años y le pagaron todos esos años esta bien, pues como dijimos el quinquenio es el acumulo de 5 años, con lo cual queda todo en fs. cero. En su caso de seguro le dieron esos 5 sueldos, el pago de vacaciones (si las tenía pendientes) y las duodécimas de aguinaldo u otros beneficios por esos 5 meses.

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  53. Hola buenas tardes llevo trabajando en una empresa minera en Peru durante 8 años y no me pagaron el quinquenio quiseira saber si el dia que me retire tienen que pagarme o eso queda a decision de la empresa, en otras palabras el quinquenio es obligatorio en peru en el sector minero.

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  54. Anónimo11:17 a.m.

    Estimado licenciado una duda el la solicitud de quinquenio, que debe contener: ejm, todos los datos del trabajador , el monto del pago , el destino del dinero ,ect. O como seria porfavor y gracias.

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  55. Estimado Dr
    Tengo una duda y es que yo entre a trabajar a una empresa un 11 de febrero pero en planilla me afiliaron el 1 de junio del mismo año.
    Cual es la fecha que corresponde para exijir mi quinquenio.

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  56. Licenciado si trabaje menos a 5 años digamos 4 años... me corresponde quinquenio ??

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  57. Anónimo6:32 a.m.

    BUENOS DIAS YA CUMPLI 5 AÑOS DE TRABAJO EN EL MES DE FEBRERO REALIZE MI SOLICITUD DE PAGO HACE MAS DE 1 MES Y MEDIO Y HASTA AHORA ME DAN UNA RESPUESTA COMO PUEDO PROCEDER EN ESE CASO

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  58. Hola soy de argentina ese qinquenio es valido en mi pais?

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  59. Anónimo1:08 p.m.

    Buenas tardes escribo desde la ciudad de La Paz, quisiera saber si es legal que la empresa realice el pago del quinquenio al finalizar el año de trabajo de cada trabajador para evitar pagar los 5 sueldos en uno solo.

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  60. Anónimo6:50 a.m.

    Estimado una consulta..estoy 7 años en una empresa.. y ya cobré mi quinquenio..ahora quiero retirarme.. me corresponde algun tipo de liquidación? Muchas gracias de antemano

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  61. Lic. Buenas tardes yo cumplí 5 años de trabajo en la caja nacional de salud me corresponde el quinquenio? Y otra pregunta sobre los beneficios en la jubilación ese monto del quinquenio se descuenta del beneficio de la jubilacion o no se toca es es mi duda por favor un abrazo Alelandro Vargas

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  62. Lic. Buenas tardes yo cumplí 5 años de trabajo en la caja nacional de salud me corresponde el quinquenio? Y otra pregunta sobre los beneficios en la jubilación ese monto del quinquenio se descuenta del beneficio de la jubilacion o no se toca es es mi duda por favor un abrazo Alelandro Vargas

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  63. hola buenas noches tengo quince años de servicio en el magisterio y hasta ahorita yo no he cobrado nada de mi quinquenio, solo en nuestro talon de pago se refleja que nos pagan 26 pesos por cinco años de servicio y asi cada cinco años aumenta pero poco

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  64. Buen día para ud.mi estimado, soy de Perú estás normas del quinquenio también aplica para este país o solo para bolivia?.
    Yo vengo trabajando 6 años en una empresa y la verdad me vendría muy bien cobrar mi quinquenio para poder invertir ese dinero ahora que todavía soy joven porque de viejo ya será un poco complicado hacerlo trabajar ese dinero. Gracias de antemano por su respuesta.

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  65. Ola una pregunta tengo mas de 5 anios la misma enpresa y no cobro el primer quinquenio segun la enpresa se cobra cundo voi a cumplir 9 anios primeros se cobra 2 bienes luego otro 2 bienes y luego cundo cuplo 9 anios voi a cobrar primer quinquenio .es verda . gratias .

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  66. Buenos Dias Doctor Barrientos, mi consulta es la siguiene:

    Despues de haber trabajado 5 años y unos meses en la empresa de un familiar politico le solicite mi quinquenio y hasta la fecha (ya se va cumplir un año de que me retire) el me tiene con excusas y no me cancela y por ultimo me dijo que no me corresponde quinquenio. me podria orientar por favor.
    Muchas Gracias

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  67. buen dia por favor quiero preguntar si llevo 19 años y 11 meses trabajando en una institucion y me quiero retirar (ya recibi tres quinquenios) me corrsponde que me paguen por los 4 años y 11 meses restantes?

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  68. Anónimo1:19 p.m.

    buenas tardes, llevo trabajando 4 años, 1 mes y 18 dias, al inicio me pagaban por RH luego pase a planilla, al cumplir los 5 años, planilla y RH cuentan para el quinquenio?

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  69. buenas noches.
    Disculpe en que casos llegaria a perder el quinquenio y por que?

    saludos

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